¿Qué es el MECIP?

Es un conjunto de normas, principios, acciones y procesos efectuados por las autoridades, la administración y los funcionarios de una entidad, a fin de asegurar razonablemente que los objetivos de la institución serán alcanzados. Un sistema de control interno comprende los planes, métodos, políticas y procedimientos utilizados para cumplir con la Misión, el Plan Estratégico y los Objetivos de la entidad.

MARCO LEGAL

El sistema de evaluación y control que se establecen para las Instituciones Publicas de la República del Paraguay en la Ley Nro 1535/99, proporciona una estructura para el proceso de control de los organismos y entidades del Estado, a fin de garantizar el desarrollo de sus funciones administrativas bajo principios de responsabilidad, eficiencia y transparencia, contribuyendo con ello al cumplimiento de sus objetivos institucionales, en el contexto de los fines sociales del Estado.

Decreto Nro 962/2008 “Por el cual se modifica el Titulo VII del Decreto Nro 8127 del 30 de marzo de 2000″ por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley Nro 1535/99, de la Administración Financiera del Estado y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)”, aprueba y adopta el Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Publicas del Paraguay (MECIP)

Resolución CGR Nro 425/2008 se ha establecido y adoptado el Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Publicas del Paraguay – MECIP, como marco para el control, fiscalización y evaluación de los Sistemas de Control Interno de las Entidades sujetas a la supervisión de la Contraloria General de la República.

Resolución CGR Nro 377/2016 “Por la cual se adopta la norma de requisitos mínimos para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Publicas del Paraguay – MECIP: 2015″ insta a las instituciones sujetas a la supervisión de la Contraloria General de la República a adoptar la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control Interno MECIP: 2015. CAPASA Adopta la Norma de Requisitos Mínimos MECIP:2015

OBJETIVOS

  • Garantizar el cumplimiento de los objetivos de la instalación y del Estado Paraguayo en un ambiente de eficiencia, integridad y transparencia.
  • Establecer acuerdos y compromisos éticos, de común acuerdo entre todos los servidores públicos.
  • Promover la capacitación permanente de los servidores públicos.
  • Fortalecer los sistemas de comunicación de la entidad, para brindar información oportuna de sus públicos internos y externos.
  • Establecer la auto evaluación de la entidad y de los servidores públicos en forma permanente y objetiva.
  • Promover el control ciudadano, a través de la rendición de cuentas.
  • Unificar los criterios de revisión del órgano de control y supervisión.

NORMA DE REQUISITOS MINIMOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El modelos del sistema de control basados en proceso y riesgos que se muestra en la figura a continuación, ilustra la forma en que puede aplicarse a todos los componentes la metodología conocida como “Planificar – Hacer – Verificar – Actuar” (PHVA).

EL CICLO PHVA PUEDE DESCRIBIRSE BREVEMENTE COMO:

  • Planificar: establecer los objetivos y procesos necesarios para conseguir resultados de acuerdo con las políticas de la organización y los requisitos establecidos, incluyendo los legales y reglamentarios, e identificar los riesgos asociados para determinar los controles operacionales correspondientes.
  • Hacer: implementar los procesos y controles definidos.
  • Verificar: realizar el seguimiento y la medición de la afectividad de los controles respecto a la política los objetivos y los requisitos establecidos, e informar sobre los resultados.
  • Actuar: tomar acciones para mejorar continuamente el desempeño de los controles.

ESTRUCTURA – ¿COMO LEER ESTA NORMA?

Esta norma se estructura en cinco componentes, cada uno de ellos desplegados en una serie de principios (requisitos) que, en algunos caso, vuelven a dividirse en elementos que favorecen su entendimiento.

CUADRO DE RESUMEN DE LA NORMA DE REQUISITOS MÍNIMOS PARA UN SISTEMA DE CONTROL INTERNO DEL MECIP : 2015

La institución debe propiciar una conciencia de control que influya profundamente en la cultura de la organización de la institución manteniendo su orientación hacia el cumplimiento de su función constitucional, legal y la finalidad social del Estado.

La institución debe determinar el marco de referencia que oriente su gestión hacia el cumplimiento de su Misión, el logro de su Visión y el cumplimiento de sus objetivos institucionales.

Abarca las acciones establecidas por al institución, mediante políticas y procedimientos orientados a reducir los riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos de la organización. Las actividades de control son llevadas a cabo por todas las áreas de la organización, a través de los procesos y la tecnología que le da soporte.

La organización debe definir, desarrollar y ejecutar evaluaciones sistemáticas para determinar la suficiencia y adecuado funcionamiento de los componentes del control interno.

La institución debe mejorar continuamente la efectividad del sistema de control interno mediante el uso de los resultados de las auditorias, el análisis de datos, las acciones correctivas y preventivas y el análisis critico de la alta dirección.

NORMA DE REQUISITOS MÍNIMOS MECIP – 2015

AVANCES DEL EJERCICIO FISCAL 2024

AVANCES DEL EJERCICIO FISCAL 2023

CAPACITACIONES/SOCIALIZACIONES REALIZADAS 2023

AVANCES DEL EJERCICIO FISCAL 2022

CAPACITACIONES REALIZADAS DEL EJERCICIO FISCAL 2022

AVANCE DEL EJERCICIO FISCAL 2021

AVANCES DEL EJERCICIO FISCAL 2020

CAÑAS PARAGUAYAS S.A. (CAPASA)